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Situación de los graduados en derecho en la Ley 34/2006.






Casos que recoge la normativa en vigor para excluir a los licenciados del título de acceso contemplado en la Ley 34/2006.

1. No se les exigirán en ningún caso los requisitos de colegiación regulados en la Ley 34/2006:

-Aquellos que estuvieran colegiados en el momento de entrada en vigor de la Ley (31/10/2011) como ejercientes o no ejercientes.
-Aquellos que no se incluyeran en los requisitos arriba, pero que estuvieron colegiados como mínimo un año antes de la entrada en vigor de la Ley (31/10/2011).

2. No se les exigirá la realización del Máster, si se colegian en un plazo de dos años desde la entrada en vigor (31/10/2013):

-Aquellos que se encontraran en posesión del título de Licenciado o grado en Derecho o en condiciones de solicitarlo en el momento de entrada en vigor de la Ley (31/10/2011).

3. No se les exigirá la realización del Máster, siempre que se colegien en un plazo de dos años desde que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en derecho:

-Aquellos que se hubiesen matriculado en estudios universitarios conducentes a la obtención del título de Licenciado en Derecho con anterioridad a la publicación de la Ley (31/10/2006).

4. No se les exigirá la realización del Máster, siempre que se colegien como ejercientes o no ejercientes en un plazo de dos años desde que obtengan la homologación:

-TÍTULOS EXTRANJEROS: Si la solicitud de homologación del título extranjero al de licenciado en derecho se realizó con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley (31/10/2011).

5. Se les exigirá el nuevo sistema de acceso (regulado la Ley 34/2006, de 30 de octubre):


-Aquellos que obtengan el título de Grado en Derecho con posterioridad a su entrada en vigor (31/10/2011).


Las fuentes de esta información son del Ilustre Colegio oficial de abogados de Cáceres, la ley y su norma de desarrollo en una interpretación personal.

En lo relativo a los requisitos para colegiarse durante el periodo actual y por ende la obligatoriedad de máster y prueba de acceso para el ejercicio de la abogacía; contra todos los comentarios e interpretaciones de periódicos digitales que vierten informaciones repetidas y poco precisas en interpretación de la ley, he conseguido concretar conceptos en una observación directa de la norma, paso a paso, que me da la seguridad para confirmar que la última modificación de la ley que regula el acceso va dirigida únicamente a los licenciados y graduados que estuvieran en la posesión del título, o en condiciones de solicitarlo en el momento de entrada en vigor de la Ley 34/2006 y se colegien hasta dos años después de la entrada en vigor (31 oct. 2011), (interpreto este tiempo de dos años como prudencial para que los alumnos de licenciatura puedan matricularse en la formación complementaria y realizar practicas en empresas) esta última modificación se justifica en un intento por resolver una situación de presión social producida por la desigualdad ejercida sobre los licenciados que finalizaban después de la entrada en vigor de la normativa de acceso, comprendido en la gran diferencia de años lectivos y créditos obtenidos en comparación con el plan de estudios Bolonia, en total 60 créditos más que serían los que componen el máster obligatorio para los alumnos de grado.

En conclusión, los graduados con posterioridad a la entrada en vigor de la ley (31 oct. 2011) tienen que acceder a la abogacía de acuerdo con el sistema de acceso regulado en la Ley 34/2006 y su norma de desarrollo.


APLICACIÓN DE LA LEY DE ACCESO A LA PROFESION DE ABOGADO (DA 8ª DA 9ª y DT Única de la Ley 34/2006)

..............................


Disposición adicional octava. Licenciados en Derecho.

Los títulos profesionales que se regulan en esta Ley no serán exigibles a quienes obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes.


Disposición adicional novena. Títulos extranjeros homologados.

Los títulos profesionales que se regulan en esta Ley no serán exigibles a quienes en el momento de entrada en vigor de la presente Ley hubieran solicitado la homologación de su título extranjero al de licenciado en Derecho, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que obtengan dicha homologación, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes.


Disposición transitoria única. Profesionales colegiados a la entrada en vigor de la exigencia de título profesional.

1. Los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quienes ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley.

2. Los títulos profesionales regulados en esta ley tampoco serán exigibles a quienes, sin estar incorporados a un colegio de abogados o procuradores a su entrada en vigor, hubieran estado incorporados antes de su entrada en vigor, como ejercientes o no ejercientes, durante un plazo continuado o discontinuo no inferior en su cómputo total a un año, siempre que procedan a colegiarse antes de ejercer como tales y no hubieran causado baja por sanción disciplinaria.

3. Quienes en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley se encontraran en posesión del título de licenciado o grado en Derecho o en condiciones de solicitar su expedición y no estuvieran comprendidos en el apartado anterior, dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor, para proceder a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes, sin que les sea exigible la obtención de los títulos profesionales que en ella se regulan.



ILUSTRE COLEGIO PROVINCIAL DE ABOGADOS DE CÁCERES

Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.


Michele Cristina Silva
Pancartas de no a los recortes educativos y las abusivas tasas universitarias, así se marcha por Madrid. En la Universidad de Barcelona, la Autónoma y la Politécnica de Cataluña, aulas vacías de alumnos. En San Sebastián los estudiantes, profesorado asociado y personal universitario protestando ante la Delegación de Educación del Gobierno vasco. En la Universidad de Valencia estudiantes y profesores interinos, en protesta por los recortes y suspensión del acto de inauguración del año académico. También en Murcia suspensión del acto de apertura del curso académico. En nuestra universidad se ha llevado a cabo el rechazo a las autoridades académicas y las medidas adoptadas.
Como podemos ver la indignación y la impotencia ya va albergando en muchas personas, quien piense que esto es pasajero, ya puede ir cambiando de idea…parece…y es ya una realidad.
En el círculo que más nos atañe, a nivel de facultad, ese lugar donde nos estamos formando, antes que profesionalmente, quiero creer, como personas, nos están enseñando uno de los valores más rastreros de todos los que nos podían enseñar, el abuso, y ¿abuso porqué?, no se puede exprimir tanto los propios frutos de tu huerta, nos van a enseñar SI!!!, pero, aparte, de en un sistema pésimo de enseñanza en donde lo que impera es crear cualificados profesionales ( y malamente) y descualificados intelectuales, y a un coste desproporcionado, y pendiente como es nuestro caso ahora que en cada trimestre se nos una un nuevo gasto adicional a todos los que ya hemos hecho frente, el que pueda hoy en día …y estos gastos debido a la falta de palabra de discursos pasados, ahora visto desde la perspectiva del tiempo fruto de la improvisación y el querer apaciguar a las fieras (nosotros).
STOP!!!! ….Reflexiono y pienso con vosotros…nosotros estamos mal pero como van a estar esos chavales que ahora empiezan un Bachillerato con la ilusión de llegar a la Universidad…hacia dónde va esto… las huelgas son perfectas, son la expresión en estos momentos de un malestar generalizado pero… ¿creéis que incordiaremos y cambiaremos esto con unos días de huelga? (que sin dudarlo éstas son el germen de todo cambio) pero creo que este problema que nos azota está ya más que germinado.
No seré yo quien tenga la solución…sino todos la tenemos, pero para eso todos tenemos que tener consciencia de lo que nos está pasando y lo que nos pasará, quizás ¿una sociedad de enseñanza de élite en donde con mayor recurso tendrás derecho a recibir la enseñanza antes que una persona con menos recursos, encima en una Universidad Pública? ¿Se vulneraría el artículo 27 de la CE al derecho de educación? ¿No es básica también en alguna medida la educación obligatoria para la relevación generacional, intelectual y profesional?
Por todo esto y desde mi humilde e inculto pensar, aunque cada vez intento que sea menos, TODOS, el mayor que ya no tenga problemas económicos para costearse su matrícula, cursos, libros…, el joven que tenga ayuda de sus padres, el joven que no tenga ayudas y quizás no pueda cursar o a medias sus estudios, el que no se lo haya planteado antes, debemos poner frente a esta situación, ¿ cómo hacerles ver y de forma activa que nosotros somos su poder y sin nosotros se rompió el bolsillo de Oro?



Virginia Rodríguez Macías

Aspectos a destacar del Plan Bolonia en la Facultad Derecho Uex

Por: Virginia Rodriguez Macias

La semana anterior a las vacaciones de semana santa, el Señor Decano, acudió al Aula de 2º Grado Derecho Tarde para aclarar a los estudiantes algunas de las dudas e interrogantes que aun sigue habiendo sobre la metodología del Plan de estudios Bolonia. A contiinuación paso a transcribir lo que nos aclaró en su visita:

Hay que tener en cuenta, principalmente, que todo lo dicho afecta a todos los cursos que ya estan en Plan Bolinia, es decir 1º,2º Y 3º.

En primer lugar y aunque se realice en otras facultades, no se impartirán clases en lengua extranjera como optativa, en este asunto, el de la optatividad, habrá que cumplir unos requisitos para poder cursarlas, es decir, para optar a cursar las asignaturas de optatividad, habrá tenido que superar el alumno el 75% de las asignaturas obligatorias. Los bloques de asignaturas optativas se distribuirán de la siguiente manera:

1. 3º Grado Derecho, en su 2º cuatrimestre habrá la optatividad 2*1, posibilidad de 2 optativas a elegir 1, siendo la impartición de la asignatura por la tarde.
2. 4º Grado Derecho, en su 2 cuatrimestre, para el año que viene se ofertarán 10 optativas a elegir 4+ trabajo fin de grado, el Decano aseguró que la impartición de sus clases serán todas por la tarde para evitar incompatibilidades horarias con los alumnos de Tarde.

También dentro de la oferta de optativas se ofertará 1 optativa( prácticas externas-mañana) en el que habrá un número máximo de plazas, las cuáles no facilitó, pero si que la entrada para cursar la optativa se regirá por nota de expediente.

MUY IMPORTANTE Y CON APLICACIÓN A TODOS LOS CURSOS, si un alumno no ha superado una asignatura de 1º Grado Derecho, no podrá matricularse en ninguna asignatura de 4º hasta su superación.

Sobre el Trabajo de fin de carrera, de entre su contenido, deberá constar 1 folio al menos presentado en lengua extranjera, a modo de resumen del trabajo (abstract). Las personas que presenten el haber cursado beca ERASMUS se entenderá que tienen superado el nivel de lengua extranjera y no deberán hacer lo anteriormente citado en el Trabajo fin de carrera. Para la elección de los aspectos del Trabajo fin de carrera y el tutor a elegir, también se regirá por orden de expedientes académicos.

También los créditos que se hayan podido conseguir por jornadas, cursos, por ostentar cargos de delegado/a o subdelegado/a, trabajos en ONGs, deportistas de alta competición, alcanzando la cifra de 6 créditos podrá ser convalidados por una asignatura y de sobrar créditos sin poder convalidar aparecerán en el expediente como formación añadida.

Por último, sobre el máster de abogacía, tendrá una duración de 1 año, iniciándose en Octubre y acabando en Octubre del año siguiente con un período de vacaciones en el mes de Agosto. Constará de 90 créditos, 60 técnicos y 30 prácticos, las materias más represenativas a grosso modo del Máster será Ontología, Organización interna de despacho, minutar y Derecho Procesal. Trás la superación de lo anterior habrá un período de preparación de 2 meses para el examen de Estado que constará de un tipo test y caso práctico. No se pudo especificar aun la cuantía del Máster pero se aseguró que sería nuestra universidad una de las más asequibles a nivel nacional.

Todo esto es lo que os podemos aportar sobre los puntos que aclaro el Señor Decano sobre las dudas y rumores del Plan Bolonia, espero que os solucione alguna duda u os añada alguna información nueva.

El nivel B1 obligatorio para la obtención de estudios de Grado.


Con objetivo de seguir actualizando el blog, en la labor de informar sobre aquellas cuestiones que interesan a los estudiantes, sobre las cuales hemos sido informados y a más de uno les ha llegado por sorpresa…

Sin intención de extenderme mucho, comentar lo más debatido en la Universidad antes de irnos de vacaciones de navidad.

Sorprende a muchos alumnos que impongan para la obtención del título de grado el nivel B1 (según el Marco Común Europeo de las Lenguas, un nivel intermedio de ingles) aunque sobre esta noticia se lleva hablando desde 2009, recordar que somos la primera promoción de este nuevo plan de estudios en la UEX.

El objetivo del Espacio Europeo de Educación Superior pretende que los nuevos graduados puedan comunicarse con sus vecinos europeos y realizar su profesión en cualquier país de la UE.

¡La idea no suena mal en la etapa actual de nuestro mercado de trabajo!

Para los alumnos españoles es todo un reto ya que durante la enseñanza obligatoria pública apenas adquirimos conocimientos que nos permitan comunicarnos con fluidez en un segundo idioma.

Las formas de alcanzar este nivel son varias, todavía nos falta ver la normativa de competencia de segundo idioma que ha elegido nuestra facultad para implantar este requisito aunque supongo no varía mucho de otras universidades.

En la Facultad de Derecho durante los cursos 2009-2013 y siguiente promoción, organiza un curso impartido por el departamento de filología inglesa de la Facultad de filosofía de Cáceres, posibilitando un examen final con el objetivo de cumplir con la imposición de competencia en un segundo idioma.

Más información en la Facultad de Derecho de Cáceres.

FORO DE ESTUDIANTES GRADOUEX


¡Ahora sí! Ya tenemos un foro de estudiantes de la UEX, realizado por alumnos y con  aportaciones sobre nuestra realidad como estudiantes en la Universidad de Extremadura, preguntas sobre las asignaturas optativas, dudas sobre el Plan Bolonia, cualquier queja en le petit comite´s, en general todas las inquietudes y nuevas aportaciones que queramos introducir en beneficio de toda la comunidad de estudiantes.
Nuevo punto de encuentro serio y real donde colaboramos todos para alcanzar un acuerdo común entre los alumnos y que sirva nuestra experiencia para los nuevos estudiantes de grado en derecho en la UEX.